jueves, 8 de diciembre de 2005

¿Igualdad por la vía educativa?


En uno de mis cursos de currículum y didáctica general, ha vuelto a surgir la discusión en torno a la idea de que la educación es el factor clave para superar la deuda social con los sectores más postergados de la sociedad. Ya en la entrada: "El mito de la educación como salida de la pobreza" se establecieron algunos puntos de discusión.
El siguiente documento de Aldo Mascareño titulado: "La imposibilidad de la igualdad por la vía educativa", se expone una visión sociológica acerca de la relación entre igualdad y educación.

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Los debates sobre la equidad y la igualdad generalmente subvaloran que la sociedad moderna no puede ser comprendida cabalmente si no se destacan los siguientes aspectos:

(a) que lo central de ella es la producción de diferencias: diferencias de roles, de funciones, de expectativas, de valoraciones y de evaluaciones personales según la posición social de esas personas;

(b) que esas diferencias están organizadas de tal modo que nos permiten una vida con bastante economía de recursos, pues podemos recurrir a otros para que hagan por nosotros lo que nosotros no hacemos: no nos sumergimos en libros de medicina cuando tenemos un problema de salud, un médico lo hace por nosotros;

(c) que esas diferencias estructurales tienen también un correlato semántico, por lo que es altamente improbable que acepten valores que no sean los propios.


Estratificación

Lo descrito en los puntos anteriores, es el modo de operación de una sociedad moderna caracterizada por la diferenciación de funciones, es decir, por la existencia de sistemas sociales con lógicas de operación diferenciadas: la economía, la política, el sistema jurídico, la religión y también la educación.(1) Esta es una forma de organización distinta a la de una sociedad estratificada, como la medieval europea o la colonial latinoamericana, dividida en base de rangos, donde el rango superior dirige el funcionamiento global de la sociedad y representa su unidad. En nuestros tiempos, el estrato superior ya no hace de estas cosas. Desde el siglo XVIII en adelante, éste fracasa en el intento de integrar a la sociedad trascendiendo las nacientes diferencias funcionales. La Revolución de 1789 en Europa o las revoluciones de independencia en América Latina son símbolos de ese fracaso y también símbolos de la transformación de la jerarquía estamental en primacía funcional.

Sin embargo, este cambio del principio de orden dominante en la sociedad no elimina automáticamente la estratificación. Ella se mantiene bajo la forma de clase social durante la modernidad. Pero así como no es discutible la existencia de estratificación en las sociedades modernas, asimismo tampoco es discutible que su papel en el ordenamiento general de la sociedad ha cambiado. El punto es que la desigualdad de la sociedad estratificada, que encontraba su legitimación en las diferencias de rango y en las formulaciones religiosas, morales y jurídicas de la Edad Media, dio paso a otro tipo de desigualdad basada en instituciones especializadas que comienzan a ganar legitimidad. Porque el derecho se hace cada vez más jurídico y rechaza intervenciones morales o políticas, es que gana en arraigo institucional; porque la ciencia se hace cada vez más científica y rechaza el escándalo clerical o la incomodidad moral de las élites frente a sus descubrimientos, es que logra lo mismo.


Desigualdad Funcional

En la sociedad con predominio de la diferenciación funcional pierde legitimidad la estratificación y la ganan las funciones, tanto en su aspecto estructural como semántico, lo que da origen a una desigualdad funcional cada vez más institucionalizada, es decir, cada vez más legítima. Quien tiene problemas jurídicos recurre a un abogado; quien tiene problemas de salud, a un médico. La legitimidad obtenida en un campo ya no se transfiere con facilidad a otros. Ser rico no significa ser sabio ni tener capacidad política para ser presidente (aunque por efecto de la estratificación, aún puede suceder), y ser pobre tampoco puede suponer un status moral más elevado, como estamos acostumbrados a escuchar en discursos públicos tipo Hogar de Cristo.

El efecto de la desigualdad funcional sobre las personas se consuma por la vía de la inclusión y exclusión. Los sistemas diferenciados apuntan constantemente a la inclusión de personas en sus modos particulares de funcionamiento y a la exclusión de quienes no lo hacen. La secuencia se podría formular del siguiente modo: mientras más inclusión generen, los sistemas funcionales tienen mayores probabilidades de reproducir sus propios elementos, y al hacerlo así, refuerzan las condiciones que aseguran su existencia. Es decir, por ejemplo, mientras más larga sea la jornada escolar, mientras más formación continua se requiera, mientras más calificación laboral vía certificación se exija, más legitimidad e institucionalización gana el sistema educativo. Quien no cumpla con las condiciones queda excluido.


Porfiada Diferencia

Pero sería ingenuo suponer que la estratificación contemporánea no tiene consecuencias para la sociedad actual. El punto problemático es que la diferenciación funcional no puede hacer tabula rasa con la estratificación que subsiste como principio secundario de diferenciación social y que provoca una desigualdad por estratificación. La formación de sistemas que operan bajo la primacía de una función, hace que ventajas iniciales frente a esa función específica se amplifiquen exponencialmente dada la interdependencia de sistemas. Así, quien dispone de recursos económicos puede enviar a sus hijos a mejores colegios y ofrecer más dinero cuando quieran echar a uno de ellos por mala conducta; así también, un senador que dispone de influencia política puede obtener información privilegiada para luego legislar en beneficio propio y alcanzar posiciones de mercado ventajosas con sus propias empresas.

Esto, sin embargo, no sucede por un ‘defecto’ de la sociedad; tampoco —aunque cueste reconocerlo— por una ‘maldad intrínseca’ de las personas involucradas. Sucede porque lo que queda de estratificación en sociedades como las latinoamericanas, introduce desigualdad de inclusión en la desigualdad crecientemente institucionalizada de la diferenciación funcional, de modo tal que hay una duplicación de la desigualdad de inclusión que favorece a las posiciones superiores de la estratificación moderna y afecta a las inferiores.

Espero se advierta la novedad de lo dicho: no es el mercado autónomo el perverso, no es la autonomía del sistema jurídico o de la política la que impide una sociedad más justa; no es la diferenciación funcional la que nos crea los mayores problemas. La desigualdad funcional institucionalizada es la que nos permite tener una democracia sujeta a procedimientos, porque mantiene a raya a coimeros y caudillos; es la que nos permite un sistema jurídico en proceso de reforma, porque mantiene a raya a lobistas; es la que nos permite un mercado estable, porque mantiene a raya a políticos demagogos. Por el contrario, la disociación entre la aún alta capacidad de la estratificación para generar desigualdades de inclusión y sus bajas condiciones semánticas de legitimación, provoca fuertes tensiones en la sociedad latinoamericana contemporánea.

Por ello, hoy no es aceptable la discriminación laboral sobre la base de apellidos, no es aceptable la acción política sobre la base de compadrazgo y clientelismo, no es aceptable la evasión de la justicia sobre la base del prestigio o la influencia comunitaria, no es aceptable la inclusión económica a costa de altos niveles de pobreza, no es aceptable que un miembro del directorio de una empresa pública haga a la vez asesorías pagadas para ella. No es aceptable, pero sucede, y sucede porque la estratificación, aunque secundaria, no está subordinada a la diferenciación funcional.


¿Qué se le Puede Exigir a la Educación?

Viendo las cosas de este modo, es decir, viendo que las desigualdades de inclusión surgen de la misma operación de una sociedad chilena y latinoamericana contemporánea con fuerte diferenciación funcional, pero también con fuerte estratificación: ¿es justo transferir a la educación la gran responsabilidad por superar estas condiciones?;(2) más aun: ¿es correcto hacerlo así?, ¿es correcto trasladar a una parte la primacía causal por un todo interdependiente?

Si nuestro panorama político se puede dividir en dos, en centro-izquierda y centro-derecha, entonces la superación de los problemas de inseguridad ciudadana vía aumento de las penas sería para la centro-derecha, lo que la superación de las condiciones de desigualdad vía educación es para la centro-izquierda. Ambos bandos están plenamente seguros de que tales son los modos de solucionar los dos problemas a los que refieren; podrán admitir matices, pero con convicción no admiten dudas al respecto... Bueno, este es un ejemplo más de diferenciación funcional: yo como sociólogo nunca podría movilizar a nadie a votar por mi, como tan maravillosamente lo hacen los políticos, pero los malos políticos sencillamente no tienen mucha idea de cómo funciona la sociedad.


Preparación de las Personas

En una sociedad funcionalmente diferenciada, función de la educación es el establecimiento de criterios de selectividad. Por selectividad o selección pedagógica hay que entender una generalización simbólica del ámbito educativo (corporizada en forma de calificaciones o certificaciones) que representa la disponibilidad de conocimientos y competencias para la inclusión en espacios diferenciados.(3) Es decir, ya no se trata, como en la sociedad estratificada, de preparar a las personas para que enfrenten los desafíos de su rango —algo así como tener hoy un curso de protocolo de mesa en el Villa María Academy y otro de viaje en micro en el Instituto Nacional— sino de prepararlas para enfrentar la desigualdad funcional. Se trata de saber si, y en qué medida, la inclusión de personas en sistemas contribuirá a la institucionalización de los mismos y no operará en su contra. Con ello, podríamos decir: la jueza Grimberg, el senador Lavandero, el subsecretario Tombolini, el empresario José Yuraszeck, son todos unos ‘mal educados’.

Que la selectividad y no la educación misma sea central en un sistema educativo diferenciado, indica, por un lado, la importancia del contenido educativo para el entorno del sistema y, por otro, indica también cómo el sistema mismo ha internalizado ese requerimiento. Desde el entorno, la selectividad pedagógica busca asegurar las buenas intenciones de educadores y estudiantes y compensar las malas; para el sistema, la selectividad busca representar simbólicamente sus resultados en clasificaciones universalmente asequibles. Por ello el sistema educativo no puede sino operar discriminatoriamente sobre las personas, sea mediante expresiones laudatorias o de censura, mediante calificaciones, decisiones sobre aprobación o reprobación de cursos, o mediante exámenes, es decir, por medio de criterios de selectividad pedagógica. Con ello, satisface las expectativas del entorno y las propias: demuestra que ha ‘educado’ y demuestra quién lo ha hecho mejor y quién peor.


Diferenciación

La educación, por tanto, entendida en el marco de lo que hemos llamado la desigualdad funcional, no puede contribuir a la igualdad. Contribuye más bien a legitimar la diferenciación de ámbitos funcionales. Sólo en un primer momento puede considerar a todos como iguales: presupone igualdad de los orígenes para no distorsionar la selectividad pedagógica (de ahí la risa de Manolito —el amigo de Mafalda—cuando a principio de año se daba cuenta que la profesora, al no conocerlo, podía pensar que él era el mejor alumno de la clase).

Pero desde el primer control en adelante, sólo se trata de discriminar. De esta manera se conectan de modo sinérgico selectividad pedagógica y selectividad social, selectividad del sistema educativo y del entorno. El mecanismo fundamental para ello es la diferenciación en profesiones y carreras académicas. Quien supera de buen modo la selectividad pedagógica tiene mejores posibilidades de selectividad social. Esto a condición de que la desigualdad por estratificación no introduzca distorsiones en ese proceso. Y sin duda en nuestro país lo hace.

Como hemos dicho, una de las características de la sociedad en América Latina es que al combinar desigualdad funcional con una desigualdad por estratificación aún potente, se produce una duplicación de la desigualdad que afecta la inclusión en sistemas funcionales. Ante esto, nadie puede dudar que por mucho que la educación presuponga igualdad de los orígenes y sólo a partir de ahí discrimine, la selectividad pedagógica no venga ya teñida de los privilegios de la estratificación y que, por ello, la educación en nuestra sociedad duplique las desigualdades de inclusión y no las reduzca, como generalmente se espera.


Injustificable

Diversos resultados empíricos indican que los estratos altos logran prepararse de mejor modo en la educación escolar; e indican, también, que las condiciones necesarias para ello son encontrables en estratos medios y difíciles de hallar o desarrollar en los bajos.(4) Así, un profesor pedagógicamente orientado que intenta obtener de sus alumnos los mejores resultados educativos, trabajará mejor con los más aptos y peor con los menos aptos, obtendrá mejores resultados con los primeros y peores con los segundos. Esto, que podría haberse considerado ‘natural’ en la sociedad colonial estratificada, es lo que una sociedad moderna encuentra injustificable, pues la reproducción de privilegios de clase ya no es semánticamente aceptada en nuestro tiempo; no es legítima.

En este sentido, no es la discriminación de la selectividad pedagógica lo criticable del sistema educativo que tenemos, no es la desigual distribución de conocimientos y competencias simbolizada en distintas calificaciones lo que hay que evitar. Lo que se debe enfrentar es la insalvable distorsión que una fuerte estratificación provoca en las condiciones operativas de un sistema educativo diferenciado como el chileno. Y esto en ningún caso puede hacerlo la educación misma, es ante todo una tarea política derivada de la aplicación general de un principio de equidad. Por ello, cuando usted oiga a un político diciendo que la desigualdad en Chile se supera con más educación, vea a alguien eludiendo la responsabilidad que le toca y no vuelva a votar por él.


Igualdades

La aspiración de igualdad es la que más comúnmente se asocia a la educación. En América Latina surge en la época colonial y se refuerza en el siglo XIX bajo la forma de una semántica de la unidad que busca construir una sociedad civil homogénea para las nacientes repúblicas. Se trataba entonces de transformar la barbarie en civilización.(5) En el siglo XX, producto de la ampliación de la semántica de los derechos del hombre, la igualdad adquirió el sentido de símbolo de unidad de lo humano, pero a la vez se la dividió en distintas igualdades: igualdad ante la ley, igualdad ante Dios, igualdad de género, igualdad de votantes y de consumidores, con lo cual siempre se ha debido indicar de qué ‘igualdad’ se habla y medir las otras según la selección.

Para la educación esto significó que siempre había que elegir un criterio de igualdad, lo que nunca ha sido plenamente satisfactorio pues siempre permanece en el fondo la desigualdad por estratificación, aun cuando se haya cambiado el foco de la igualdad desde la entrada a la salida del sistema. Así, la igualdad de oportunidades de acceso a la educación, no observa la desigualdad de los orígenes sociales; la igualdad de métodos de enseñanza, no observa la desigualdad de habilidades personales; la igualdad de resultados pedagógicos, no observa las condiciones de aprendizaje de cada uno; la igualdad de impacto educativo, no toma en cuenta ninguna de las desigualdades anteriores.(6) En cada caso, el intento por resolver un problema general de la sociedad vía igualdad educativa, resulta en mayor desigualdad. Por ello, hoy se piensa más bien en una igualdad formal de igualdades, es decir, en equidad.

La equidad es un principio político de tipo procedimental que ordena neutralmente las distintas aspiraciones de grupos o individuos diversos. Así al menos se puede derivar de la versión más desarrollada hasta ahora diseñada sobre el tema: la de John Rawls. Puesta frente a nuestro argumento, la equidad rawlsiana —construida en base al método de la posición original, el velo de ignorancia y el equilibrio reflexivo— apunta fundamentalmente a controlar las desigualdades por estratificación, como se deriva del segundo principio de justicia propuesto por el autor: “Las desigualdades sociales y económicas habrán de disponerse de tal modo que sean tanto a) para el mayor beneficio de los menos aventajados, como b) ligadas con cargos y posiciones asequibles a todos en condiciones de justa igualdad de oportunidades.” (7) Las instituciones encargadas de realizar esto son de tipo político, jurídico y económico.(8) Si ellas aplican correctamente el método, las diferencias que resulten son legítimas —desigualdad funcional institucionalizada, se podría volver a afirmar— en tanto se ha llegado a ellas bajo condiciones de equidad que neutralizan la desigualdad estratificatoria. Se advierte que modificar la desigualdad por estratificación es una tarea societal mayor: es modificar la sociedad.

Si esto es equidad, es un error mayúsculo atribuir a la educación la responsabilidad por una sociedad más equitativa o más igualitaria. Cómo podría hacerlo si su lógica de funcionamiento es la selectividad pedagógica y ella es esencialmente discriminatoria: no todos pueden tener un 7, no todos pueden aprobar, no todos pueden saber lo mismo. Para contribuir a la equidad, la educación requiere de condiciones procedimentales de equidad externas —aseguradas por esas instituciones políticas, jurídicas y económicas— que reduzcan las desigualdades estratificatorias antes que entren al sistema educativo y se amplifiquen en él como consecuencia de la selectividad pedagógica que ahí opera. Pero como esto parece ser mucho trabajo, se prefiere atribuir —con una terrible simplificación— las actuales condiciones de inequidad de nuestra sociedad a deficiencias educativas.


Caminos Posibles

En todo caso, que la educación no pueda resolver los problemas de equidad de nuestra sociedad, no significa que no pueda desarrollar mecanismos compensatorios basados en el principio de la equidad que contribuyan a corregir en su interior las distorsiones provocadas por la estratificación. Para la educación, estos mecanismos pueden operar en dos niveles:

(a) regulando las consecuencias diferenciadoras de la selectividad pedagógica o, al menos, diseñando mecanismos de redundancia que aseguren a quien evalúa que el que no sabe, no sabe porque no sabe, y no porque no tuvo la oportunidad de saber, y

(b) en el control interno directo de las desigualdades por estratificación con que vienen los estudiantes por medio de disposiciones institucionales como becas para alumnos de escasos recursos, programas de reinserción escolar para desertores, actividades de nivelación en universidades o instituciones especializadas en capacitación.

De cualquier modo, la reacción de la educación frente a la desigualdad por estratificación sólo tiene lugar en el marco del sistema educativo, por lo que no apunta a la fuente de la desigualdad estratificatoria, sino sólo a sus consecuencias en uno —y sólo en uno— de los sistemas de la sociedad moderna. Es cierto que la interdependencia amplifica los efectos sinérgicos, pero también lo hace con los otros. Por ello, mientras la diferenciación funcional no neutralice a la estratificación, la igualdad de oportunidades vía educación seguirá siendo una promesa imposible.






Aldo Mascareño: Doctor en Sociología Universidad de Bielefeld, Alemania. Director del Magister en Gobierno y Sociedad del Departamento de Ciencias Sociales de la Universidad Alberto Hurtado.



NOTA: Este informe es una edición realizada por esta página web del trabajo presentado por el autor en el Primer Seminario de Derecho Social: Aproximaciones a la igualdad de oportunidades, en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso. El profesor Mascareño agradece a Daniel Chernilo sus comentarios al texto de esa conferencia.



NOTAS AL PIE:

(1) Luhmann, Niklas, Die Gesellschaft der Gesellschaft, Suhrkamp, Frankfurt, 1997.

(2) Sólo una muestra para el caso chileno: “La Reforma Educacional ha perseguido dos objetivos centrales: hacer de la educación el motor de nuestro crecimiento y, transformarla en la principal palanca para la igualdad de oportunidades.” Bitar Chacra, Sergio, Ministro de Educación, discurso de inauguración del año escolar 2003, Santiago, marzo 11, 2003, en www.gobiernodechile.cl/discursos (agosto 2005).

(3) Luhmann, Niklas y Karl Eberhard Schorr, El sistema educativo (problemas de reflexión), Universidad de Guadalajara, Universidad Iberoamericana, Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Occidente, México, 1993, p. 333 y ss.


(4) García-Huidobro, Juan Eduardo y Cristián Belleï, “Desigualdad educativa en Chile”, en Serie Documentos de Trabajo Escuela de Educación, Universidad Alberto Hurtado, Santiago, noviembre 2003; OCDE, Revisión de políticas nacionales de educación, en www.oecd.org, 2004 (agosto 2005).

(5) Mascareño, Aldo, La ironía de la educación en América Latina, en Nueva Sociedad, N° 165, enero-febrero 2000, pp. 109-120.

(6) López, Néstor, Equidad educativa y desigualdad social. Desafíos a la educación en el nuevo escenario latinoamericano, IIPE-Unesco, Buenos Aires, 2005. Por la vía de la discriminación positiva, García-Huidobro sugiere que la equidad se puede realizar como igualdad de resultados y ya no como igualdad de acceso. Esta opción pasa por alto que las variables que se pueden intervenir en el contexto educativo no son ni con mucho todas aquellas que producen la desigualdad por estratificación. De cualquier modo, la transferencia de la igualdad desde la entrada del sistema a su salida, puede generar mayores condiciones de equidad internas. Cfr. García-Huidobro, Juan Eduardo, Positive discrimination in education: Its justification and a chilean example, en International Review of Education, 40 (3-5), 1994, pp. 209-221.

(7) Rawls, John, Teoría de la justicia, Fondo de Cultura Económica, México, 2002, p. 88.

(8) O se puede reforzar la diferenciación funcional con una institución especializada en la observación de condiciones de equidad. Al respecto Mascareño, Aldo y Elina Mereminskaya, Hacia la consolidación de la equidad: Un defensor del pueblo para Chile, Colección de Investigaciones Jurídicas N° 7, Escuela de Derecho, Universidad Alberto Hurtado, Santiago, 2005.

6 Comentarios:

At 2:10 a. m., Anonymous Anónimo said...

Y finalmente: ¿qué opina al respecto uno de los operadores del sistema educativo? o ¿a ti como profesor de qué modo te "irritó" la ponencia del profesor Mascareño?

 
At 10:28 p. m., Blogger Lizz said...

Escriba. Se le extraña por estas aguas.

 
At 6:38 p. m., Anonymous Anónimo said...

y el asado?????

 
At 4:05 p. m., Blogger Unknown said...

me parece muy interesante su tesis de la duplicación de la desigualdad debido a la preeminencia de criterios de estraficación en el marco de una diferenciación funcional. Pero me gustaría profundizar en ello. Tengo entendido que su tesis doctoral en Bielefeld versó sobre ello ¿qué posibilidades hay de que pueda yo leerla? Me llamo José Javier Blanco soy Profesor de Teoría Política en la Universidad Central de Venezuela.Mi e-mail es. javierweiss@gmail.com

 
At 10:19 p. m., Anonymous Anónimo said...

TERMINAREMOS TODOS ASI

Estimados : como Profesor Universitario, de la Universidad Kennedy. Dictaba cinco asignaturas, entre ellas, Ejercicio y Administración Farmacéutica. Con mas de 50 excelentes alumnos, inquisitivos, ávidos de adquirir conocimientos, mi misión además de enseñar Legislación Farmacéutica, era explicarles como es esta actividad comercialmente, tal es así, que como trabajo practico averiguamos al azar el costo de un descongestivo nasal en gotas, droga base nafazolina, tiempo en el mercado mas de 40 años, consultado el proveedor mas importante de drogas para la industria farmacéutica, dio el costo por frasco, 0,03 centavo, precio de venta 11,25 pesos, ganancia por unidad 37500 %, por supuesto esto no tiene parangón con ninguna actividad licita, a todo esto se me invita el 5 de junio de 2007 al Anexo de la Cámara de Diputados de la Nación, donde se realizaron unas Jornadas sobre “ Ética y Medicamentos “ estando presentes, legisladores, funcionarios gremialistas , las Cámaras Farmacéutica que supuestamente no habían sido invitadas, pero ahí estaban en segunda fila, farmacéuticos, etc, finalizada la Jornada se podían exponer posiciones de cada uno que quisiera hablar, yo fui uno de ellos y en particular me dirigí a las Cámaras de la Industria a los que tenia a pocos metros, el drama es la accesibilidad de nuestro pueblo a los fármacos, se nos mueren compatriotas, en particular niños ,muchos de ellos muy pequeños y esta gente sin ninguna culpa gana el 37500 %, esto es un escándalo de proporciones y el Estado debe y puede solucionarlo, no puede hacerse el distraído .

La respuesta a mis palabras no se hizo esperar, no para intentar solucionar el tema sino para sacarme del medio. Me cito mi Decano Dr, Capon Filas y La Directora de Farmacia Farmaceutica Magariños, y con un discurso Kafkiano e hiriente, me sacaron la cátedra de Farmacia, días después todas las demás, no estoy arrepentido, no puedo ser cómplice de tamaño despropósito.

Como curiosidad mi ultimo sueldo, aguinaldo incluido fueron 231 Pesos.

Lo saludo cordialmente.

Profesor Universitario.

Eduardo Marcelo Cocca

e-mail : profcocca@gmail.com


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UN FRATERNAL ABRAZO A TODOS
EDUARDO COCCA

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Farmacéutica : Maria del Carmen Magariños
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SERVICIO DE INTERNET


Ley 26.032


Establécese que la búsqueda, recepción y difusión de información e ideas por medio del servicio de Internet se considera comprendida dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.


Sancionada: Mayo 18 de 2005

Promulgada de Hecho: Junio 16 de 2005


El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1°

— La búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, se considera comprendido dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.

ARTICULO 2°

— La presente ley comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3°

— Comuníquese al Poder Ejecutivo.


—REGISTRADA BAJO EL N° 26.032—


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO.


EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.

 
At 12:06 p. m., Anonymous Anónimo said...

Hola, animo a todos a visitar un blog que es tan interesante como este. Es sobre la escuela antigua... materiales y temas relacionados con la educación de épocas pasadas.

muy bonito
http://memoriadelaescuela.blogspot.com/

 

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